El gobierno pide revisar cuándo se debe deportar a un extranjero por manejar borracho o intoxicado (DUI)

Abogados dicen que el anuncio «implica que ciertas infracciones de tránsito, por ejemplo, donde no hubo ninguna lesión a terceros o a propiedades, podrían crear una descalificación para que el servicio de inmigración les niegue cualquier beneficio”.

El fiscal general interino, Matthew Whitaker, ordenó el lunes a la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) que revise un caso de 2001 que determina cuándo un extranjero puede ser deportado de Estados Unidos por manejar bajo la influencia del alcohol o drogas ( Driving under the influence (DUI), decisión que puede colocar a miles de inmigrantes, con o sin papeles, en una situación de deportación. Whitaker dijo en su decisión interina (número 3947 del 3 de diciembre de 2018) que el caso CASTILLO-PEREZ “debe ser revisado” y mientras eso ocurre, “este asunto queda automáticamente suspendido”. “Ordeno a la Junta de Apelaciones de Inmigración que me remita este caso para que revise su decisión. La decisión de la Junta sobre este asunto queda automáticamente suspendida en espera de mi revisión”, estipuló. El funcionario también extendió la invitación a revisar el caso y los amici (amigos de la corte) “interesados a presentar resúmenes sobre puntos relevantes”.

Qué se revisará

De acuerdo con la decisión de Whitaker, la BIA deberá responder:

  1. En relación con una solicitud de cancelación de remoción de deportación, ¿cuál es el estándar legal apropiado para determinar cuándo una persona carece de “buen carácter moral”?
  2. ¿Qué impacto deberían tener múltiples condenas por conducir intoxicadas o por conducir bajo la influencia (DUI) una persona, a la hora de determinar cuándo ésta carece de «buen carácter moral”?
  3. ¿Qué impacto deberían tener varias de estas condenas en la determinación de otorgar un alivio discrecional (de deportación)?

Plazo para revisar

Whitaker dijo en su decisión que los resúmenes de las partes “no deben exceder las 15,000 palabras y deben presentarse el 4 de enero de 2019 o antes”. “Si se cambia esto, miles de inmigrantes con o sin papeles se verán afectados y hasta podrán ser deportados de Estados Unidos”, dijo a Univision José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami, Florida. “Lo que implica es que ciertas infracciones de tránsito, por ejemplo, donde no hubo ninguna lesión a terceros o a propiedades, podrían crear una descalificación para que el servicio de inmigración les niegue cualquier beneficio”, agregó.

“Hablamos de personas que aplicaron a la cancelación de deportación, la residencia o por la ley de los 10 años de permanencia ininterrumpida, porque deberán demostrar buen carácter moral. Y si cambia el estándar, sus casos serán rechazados”, advirtió. Guerrero dijo además que, “así como el fiscal general pide revisar el estándar, nada asegura que éste vaya a ser elevado o bajado. Lo más probable es que se utilice para aumentar las deportaciones”, indicó. En la actualidad un DIU está fuera de los 5 años. Eso significa que si un residente legal permanente pide la ciudadanía y en los últimos cinco años no ha cometido una falta que implique un DUI, “te puedes hacer ciudadano”, puntualiza Guerrero. “Eso sí, solo aprueban el trámite si “no mató a nadie y no hay factores agravantes, y usted cumplió con todos los requisitos que le ordenó la corte cuando recibió una infracción por DUI. Si lo hace, se puede hacer ciudadano hoy. Pero mañana no se sabe”, precisó.

Delito “sumamente serio”

A pesar de la revisión del estándar solicitada por Whitaker, hoy en día el DUI sigue siendo “un delito absolutamente serio”, indica Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles, California. “Mire, el DUI coloca automáticamente a un indocumentado en las manos de la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE) para ser deportado de Estados Unidos. Es una falta que inicia el proceso de expulsión y es una consecuencia grave que no debe ser desestimada”, añadió. Gálvez advierte además que el DUI es uno de los “cinco pecados capitales” del indocumentado. “El problema es que la gente se da cuenta de lo serio de este problema recién cuando cae en manos de ICE. Piensan que por tratarse de una falta menor (misdemeanor) no es tan grave como una felonía, pero están equivocados”, subrayó.

Las cinco faltas graves a que hace referencia Gálvez son:

 

  • Violencia doméstica
  • Posesión de drogas para uso personal
  • Robar
  • DUI
  • Prostitución

“Todos estos crímenes están en la lista de delitos menores, pero deportables”, recalcó.

 

El caso Castillo

El caso Castillo-Pérez citado por Whitaker corresponde al juicio del ciudadano mexicano Hugo Castillo-Pérez, quien entró a Estados Unidos en 1987 huyendo de México a causa de la violencia y en 2001 enfrentó un proceso de deportación tras perder un caso de asilo.

Castillo recibió una orden de deportación, pero apeló la sentencia alegando no haber recibido una asesoría legal adecuada. La BIA escuchó su caso y determinó que Castillo había mantenido una presencia continua y por lo demás legal en el país. Determinó que vivía con su familia, que constaba de su esposa y tres hijos, dos de los cuales eran ciudadanos estadounidenses. El inmigrante además era dueño de un negocio y durante todo el proceso “demostró que es una persona de buen carácter moral”, una decisión que ahora Whitaker quiere fijarle nuevos estándares. Este caso sentó precedente sobre el concepto de carácter moral, que luego de aplicó a casos de DIU si la persona después de haber cometido la falta demostraba que había rectificado su conducta y no había vuelto a manejar bajo los efectos del acohol o drogas.

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