Este es el fallo que prohíbe que las escuelas llamen a ICE para reportar a estudiantes indocumentados
La secretaria de Educación dijo que cada escuela debe decidir si reporta a ICE a sus alumnos sin documentos. Pero la Corte Suprema dictaminó en 1982 que todos, sin importar su estatus migratorio, tienen los mismos derechos cuando se trata de su educación y de las escuelas.
El martes la secretaria de Educación, Betsy DeVos, se mostró a favor de que las escuelas decidan si denuncian ante la oficina de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) a los estudiantes que consideren que pueden ser indocumentados.
Sin embargo, como recordó inmediatamente la Unión Estadounidense de Libertades Civiles (ACLU), algo así es inconstitucional.
«Esa es una decisión de la escuela. Es una decisión de cada comunidad», afirmó DeVos a una pregunta del representante demócrata Adriano Espaillat en la que le cuestionaba sobre lo que debía hacer un director o un maestro si descubría que un alumno era indocumentado.
En Estados Unidos todos los estudiantes, sin importar su estatus migratorio, tienen los mismos derechos cuando se trata de su educación y de las escuelas. Esto proviene de una decisión de la Corte Suprema de 1982, Plyler v. Doe, que dictaminó que los niños indocumentados o de padres indocumentados tienen el mismo derecho de asistir a las escuelas públicas que tienen los niños que son ciudadanos estadounidenses o residentes legales.
Todo esto además está respaldado por la clausula de Protección Equitativa (Equal Protection clause, en inglés), parte de la 14va Enmienda de la Constitución, que dice que ningún estado puede negarle a una persona «la protección equitativa de la ley».
Ahora, en Estados Unidos, los jóvenes no solo están obligados a asistir a la escuela hasta los 18 años. Además, las escuelas públicas no pueden:
- Negarle la matrícula a un estudiante basándose en su situación legal y/o migratoria, ya sea a principios del curso o durante el año escolar.
- Tratar a un estudiante en forma desigual al verificar la situación migratoria solo de ciertos estudiantes.
- Promover prácticas cuyo resultado es negar el derecho de acceso a los servicios escolares.
- Requerir que un estudiante o sus padres revelen o documenten su situación migratoria.
- Interrogar a estudiantes o padres con la intención de obligarlos a exponer y revelar su situación de indocumentados.
- Exigir que los padres produzcan licencias de conducir u otros documentos de identificación.
- Exigir que un estudiante obtenga un número de Seguro Social (SS) como requisito de admisión a la escuela.
Si un estudiante no tiene un número de SS, la escuela debe asignarle un número de identificación, según la Asociación de Investigación de Desarrollo Intercultural, o IDRA, por sus siglas en inglés. Los adultos sin números de SS que necesitan almuerzo o desayuno gratis solo tienen que indicar que no tienen Seguro Social. Allí debe terminar la conversación.
Sin embargo, escuelas alrededor del país están publicando avisos en sus páginas web y otros sitios web escolares indicando que es necesario tener una tarjeta de SS o un certificado de nacimiento para registrar a los niños en la escuela. Aunque las escuelas pueden solicitar un certificado de nacimiento, no pueden prohibir que los estudiantes se matriculen si no tienen este documento. Esto sería una violación directa de Plyler v. Doe.
Los padres además deben saber que tanto ellos como sus hijos tienen derecho a la privacidad, es decir, el derecho a que no se comparta información de sus hijos, ya se migratoria o de otros temas. La Ley de Derechos Educativos y Privacidad Familiar le restringe a las escuelas compartir información con ICE, o la agencia de Inmigración y Control de Aduanas.
¿Por qué EEUU tiene estas políticas de educación hacia los inmigrantes?
Lo que Plyler v. Doe dictaminó fue radical en su momento. La corte falló que el estatuto de Texas contra el que se entabló la demanda «le impone una vida entera de dificultad y sufrimiento a una clase específica de niños que no son responsables por su estatus. Estos niños no pueden ni tener influencia sobre la conducta de sus padres ni su propio estatus indocumentado».
Además, continúa el texto de la decisión, «la educación pública tiene un rol crucial en mantener el tejido de la sociedad y en mantener nuestra herencia política y cultural. Privar de educación deja una marca negativa profunda en el bienestar social, económico, intelectual y psicológico del individuo, e impone un obstáculo para la realización personal».
El personal de las escuelas –en especial el director y los que admiten a los estudiantes– deben ser conscientes de que no tienen la obligación legal de hacer que se cumplan las leyes de inmigración del país. Su labor es educar y apoyar a sus estudiantes para ayudarlos a aprender y triunfar como individuos y como miembros de la sociedad.
Además, el fallo de la Corte Suprema de 1982 argumentó que el costo económico para el estado al dar educación pública a niños indocumentados a largo plazo sería mucho mayor si se le niega, ya que se crea un sector excluido de jóvenes sin preparación académica, cuyo impacto negativo para la sociedad puede ser catastrófico.