Más del 70% de los indocumentados detenidos por ICE no tiene antecedentes criminales

La mayoría de los inmigrantes indocumentados arrestados por la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE) al 19 de diciembre del 2021 no tenía antecedentes criminales, revela un reciente informe del Centro de Información y Acceso de Registros Transaccionales (TRAC) de la Universidad de Syracuse, en Nueva York. La mayoría de los inmigrantes indocumentados arrestados por la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE) al 19 de diciembre del 2021 no tenía antecedentes criminales, revela un reciente informe del Centro de Información y Acceso de Registros Transaccionales (TRAC) de la Universidad de Syracuse, en Nueva York. A su vez, el reporte indica que el número de inmigrantes monitoreados por los programas de ‘Alternativas a la detención’ (ATD), utilizado en aquellos inmigrantes que no tienen antecedentes criminales y/o no representan una amenaza a la seguridad pública y nacional de Estados Unidos, “alcanza los 150,000”. El reporte agrega que, de acuerdo con los datos más recientes proporcionados por la agencia, ICE había detenido 20,623 inmigrantes según datos actualizados a dicha fecha, un poco menos que los casi 22,000 registrados a principios de ese mes. También señala que la mayoría de los detenidos, alrededor del 75%, no tenían antecedentes penales en ese momento más que un cargo de inmigración, una tendencia que ha oscilado constantemente entre el 73% y el 80% desde mayo del año pasado. Cabe recordar que los indocumentados sin antecedentes criminales graves no constituyen una prioridad de deportación para el gobierno de Biden. Indocumentados puestos en liberta En cuanto a la puesta en libertad de indocumentados detenidos, el informe del TRAC señala que el número de inmigrantes inscritos en el programa ATD de ICE, “que monitorea a los extranjeros a través de una variedad de tecnologías fuera de la detención, superó los 150,000 por primera vez en diciembre” del año pasado. Agrega que la cantidad de inmigrantes en los programas alternativos de detención “ha aumentado en aproximadamente 25,000 desde el comienzo del año fiscal 2022”. El año fiscal estadounidense arranca el 1 de octubre y finaliza el 30 de septiembre del año siguiente. Datos clave de los indocumentados arrestados: qué delitos tienenEntre los principales hallazgos del estudio del TRAC se incluye: Más sobre Deportaciones 15,392 de los 20,623 detenidos (74.6%) por ICE no tienen antecedentes penales; Muchos solo tienen delitos menores, incluidas infracciones de tránsito; ICE envió a centros de detención en Texas a la mayoría de las personas detenidas en lo que va del año fiscal 2022, de acuerdo con datos actualizados al 13 de diciembre de 2021;  ICE arrestó a 4,267 y CBP arrestó a 28,482 de las 32,749 personas arrestadas por ICE durante el mes de noviembre de 2021; El Centro de Detención Stewart, en Lumpkin, Georgia, tuvo el mayor número de detenidos de ICE hasta ahora en el año fiscal 2022, con un promedio de 1,175 por día (a diciembre de 2021). En agosto del año pasado el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) anunció la puesta en vigor de un nuevo Programa de Manejo de Casos (CMPP) que brinda una alternativa de detención para inmigrantes que tengan un proceso de deportación activo, pero que no representen una amenaza a la seguridad nacional. Conocido como ATD (Alternativas a la Detención), el beneficio busca garantizar que los indocumentados que califiquen tengan acceso a información legal y otros servicios mientras esperan el resultado de los procedimientos de inmigración (deportación). “Las personas que participan en este programa son aquellas que no pueden ser expulsadas o están exceptuadas del Título 42”, explicó el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) cuando anunció el programa piloto. El TRAC dijo que actualmente los ATD “están monitoreando actualmente a 150,755 familias y personas solteras, según datos actualizados al 18 de diciembre de 2021”.

 

Precisó además que “la oficina de área de San Francisco tiene el número más alto en los ATD de ICE”, de acuerdo con datos actualizados al 18 de diciembre de 2021. El programa Alternativas de Detención (ATD) funciona de varias formas, “tiene varias maneras de ser implementado”, explica el abogado de inmigración Alex Gálvez, quien ejerce en Los Ángeles, California. “Cuando un indocumentado es detenido o está bajo la custodia de ICE, el oficial tiene la discreción de soltarlo bajo palabra, ponerle un grillete y dejarlo en libertad o bien ponerle una fianza”, indica  Gálvez dice además que, “si el agente de ICE determina que el indocumentado no es elegible porque tiene delitos en el pasado, entonces el detenido puede hablar con un abogado o bien pedir una audiencia de fianza y en ella solicitarle al juez r la libertad bajo fianza”. Para tener ese derecho es necesario que el indocumentado no se encuentre dentro de las prioridades de deportación del gobierno. En enero el DHS anunció, con efecto inmediato, cuatro categorías de prioridades de deportación, siendo estas: · Prioridad 1. Seguridad nacional. Un agente de seguridad nacional puede presumir que un no ciudadano es prioridad de deportación si: o Él o ella ha participado o es sospechoso de participar en actos de terrorismo o relacionados con actividades terroristas; o Él o ella se ha involucrado o es sospechoso de participar en actividades de espionaje o relacionadas con actividades de espionaje; o o Su aprehensión, arresto o custodia es necesaria para proteger la seguridad nacional de Estados Unidos. · Prioridad 2. Seguridad fronteriza. Un agente de seguridad nacional puede presumir que un no ciudadano es prioridad de deportación si: o Fue detenido en la frontera o en un puerto de entrada mientras intentaba entrar ilegalmente a Estados Unidos a partir del 1 de noviembre de 2020; o o él o ella no estuvo físicamente presente en Estados Unidos antes del 1 de noviembre de 2020. · Prioridad 3. Seguridad pública. Un agente de seguridad nacional puede presumir que un no ciudadano es prioridad de deportación si: o Representa una amenaza para la seguridad pública y; o Él o ella ha sido condenado por un delito grave según se define en la sección 101 (a) (43) de el INA; o o Ha sido condenado por un delito por el que estuvo activa participación en una pandilla criminal callejera, como se define en 18 U.S.C. § 521 (a) no menor de 16 años y participó intencionalmente en un crimen organizado pandilla u organización criminal transnacional para promover la actividad ilegal de la pandilla u organización criminal transnacional.