Con vacunas, más rápido y acceso a abogados: las claves del programa ‘Quédate en México’

La reinstalación del Programa ‘Permanecer en México’ (MPP), creado por Donald Trump, cancelado por Joe Biden, pero restituido por orden de un juez de Texas, vuelve a generar controversias, temores y criticas a nivel nacional. La reinstalación del Programa ‘Permanecer en México’ (MPP), creado por Donald Trump, cancelado por Joe Biden, pero restituido por orden de un juez federal de Texas en agosto (tras una demanda de los estados de Missouri y Texas), vuelve a generar controversias, temores y criticas a nivel nacional. Parte clave de la política migratoria de ‘tolerancia cero’ del gobierno anterior, el MPP funcionó entre enero de 2019 y enero de 2021 afectando a unos 70,000 inmigrantes que fueron regresados a México a esperar la resolución de sus casos de asilo en tribunales estadounidenses. En febrero, según datos entregados por la Casa Blanca en febrero, el programa, también conocido como ‘Quédate en México’, solo tenía 25,000 casos activos y el resto habían sido desestimados, la mayoría porque los inmigrantes no se presentaron a sus audiencias en corte. Pero tras denuncias de organizaciones que defienden los derechos de los inmigrantes y la revisión hecha por el gobierno, se determinó que en la mayoría de los casos rechazados los inmigrantes fueron mal notificados y no se presentaron a sus audiencias. En otros casos no acudieron por miedo debido a la inseguridad que se vive en la frontera mexicana.

Por qué se reinstala

El 14 de agosto El 14 de agosto el juez federal de Amarillo (Texas), Matthew J. Kacsmary, ordenó al gobierno de Biden restaurar el MPP en respuesta a una demanda entablada en abril por los estados de Missouri y Texas, ambos gobernados por republicanos, quienes alegaron que la terminación del programa había provocado un aumento de la crisis en la frontera con México. El fiscal de Texas, Ken Paxton, dijo que “los criminales peligrosos se están aprovechando de las lagunas en las fuerzas del orden y está resultando en la trata de personas, el contrabando, una plétora de crímenes violentos y una carga masiva y sin precedentes en los programas estatales y federales para los que los contribuyentes deben pagar la factura». El juez Kacsmary consideró que el gobierno de Bioden había fallado “en analizar muchos factores críticos» como beneficios del programa y que ponerle fin había sido ilegal y dañino”. Indico además que el MPP “disuadía” a los migrantes que no calificaban para pedir asilo de venir a Estados Unidos. Y al revertir el programa, consideró que “se causó un daño a los estados demandantes porque al liberar a los migrantes se les permitió usar los servicios de salud, aplicar a una licencia para conducir e ir a la escuela, en el caso de los niños”. En octubre, el DHS dijo que el MPP no se reanudará sin el consentimiento de México, algo que reconoció el fallo de Kacsmary. «México es una nación soberana que debe tomar una decisión independiente para aceptar el retorno de individuos sin estatus en México como parte de cualquier reimplementación del MPP», dijo en ese entonces el DHS. El 25 de agosto, la Corte Suprema rechazó un pedido urgente del gobierno para suspender el fallo de Kacsmary.

 

La primera respuesta de México

El 26 de agosto  el gobierno de México advirtió a la Casa Blanca que no estaba obligado a cumplir la decisión de la Corte Suprema de mantener vigente la orden de reinstatalación del MPP. “El Departamento de Estado de Estados Unidos (DOS) presentó de manera oficial a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SER) la resolución emitida por la Suprema Corte de Estados Unidos, respecto a la implementación de la sección 235 (b)(2)(C) de su Ley de Inmigración y Nacionalidad”, se lee en un comunicado emitido ese día por la cancillería mexicana. El documento agrega que “en apego a los principios constitucionales de nuestra política exterior, el Gobierno de México no se posiciona con respecto a dicho fallo”. Y advirtió que, no obstante, “enfatiza que una decisión judicial de ese tipo no obliga a México”. Tras reiterar que México diseña y ejecuta su propia política migratoria, precisó que el fallo emitido por el máximo tribunal de justicia estadounidense “no tiene una implicación directa en la gestión migratoria del Gobierno de México”.

Después de las conversaciones

El 2 de diciembre, tras varias semanas de conversaciones entre ambos gobiernos, la Secretaría de Relaciones Exteriores de México (SER), dijo que tras el diálogo sostenido con Estados Unidos, a través de un grupo de trabajo, el gobierno de Bioden le comunicó “que atenderá todas las preocupaciones de índole humanitaria con respecto a la reimplementación del MPP” (Sección 235(b)(2)(C) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad -INA-). Agrego que, en virtud de que el Gobierno de EEUU “ha aceptado las preocupaciones de carácter humanitario del Gobierno de México, “ha decidido que, por razones humanitarias y de manera temporal, no retornará a sus países de origen a ciertos migrantes que tengan una cita para aparecer ante un juez migratorio en Estados Unidos para solicitar asilo en ese país”. Es decir, permitirá la reimplementación del programa, pero con cambios a la versión activada durante el gobierno Trump.

Las exigencias de México

México exigió, entre otros cambios: Más recursos para albergues y organizaciones internacionales que asisten a los inmigrantes devueltos por Estados Unidos a esperar sus casos de asilo; Protección para grupos vulnerables; Consideración de las condiciones locales de seguridad y de capacidad de albergue y de atención del Instituto Nacional de Migración (INM); Aplicación de medidas contra la pandemia del COVID-19 (revisiones médicas y la disponibilidad de vacunas para las personas migrantes sujetas tanto al MPP como al Título 42 del Código de Estados Unidos.

El plan del DHS

En un memorando fechado el 2 de diciembre y enviado a los directores de las agencias federales involucradas en la aplicación del MPP (USCIS, ICE, CBP y la Oficina de Coordinación de Operaciones), el DHS dijo que había llevado a cabo una serie de modificaciones en respuesta a las exigencias planteadas por México. Destacó además que México tomo una decisión soberana sobre el tema y que las modificaciones al programa y que las modificaciones apuntan a responder a las exigencias en favor del bienestar de los inmigrantes.

Audiencias judiciales

El DHS dijo que se compromete a proteger los derechos de las personas a una audiencia completa y justa de sus casos de asilo. Trabajará con el Departamento de Justicia (DOJ) para garantizar que los jueces de inmigración escuchen sus casos de las personas inscritas en el MPP de manera oportuna y se les proporcione información clara y fácil de entender. Las Notificaciones de Comparecencia (NTA) indicarán claramente información sobre el lugar y la hora de sus audiencias Se asegurará de que las personas inscritas en MPP tengan oportunidades significativas para acceder y reunirse con un abogado.

Protecciones a personas perseguidas

En cuando a los extranjeros que tengan miedo creíble o sus vidas corren riesgo en caso de ser deportados, el DHS dijo que actuará de conformidad con los principios de no devolución contenidos en el artículo 33 de la Convención de 1951 del Estatuto de Rugiados (Convención de 1951) y el Artículo 3 de la Convención Contra la Tortura (CAT). “Ningún individuo que haya demostrado una posibilidad razonable de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política, o una posibilidad razonable de tortura en México, será devuelto involuntariamente a México”, precisa.

Seguridad y protección en México

El nuevo plan indica que EEUU se compromete a volver a implementar el MPP “de una manera que mejore la protección de las personas inscritas en el programa”. Mejor acceso a refugios; y Transporte seguro desde y hacia los puertos de entrada y los refugios.

No habrá separaciones familiares

La regla asegura que las unidades familiares no se separarán a los efectos de la inscripción en el MPP. “Se hará todo lo posible para mantener la integridad de las unidades familiares de conformidad con las leyes y políticas aplicables. El DHS dijo que define una unidad familiar como un grupo de dos o más indocumentados formado por al menos un menor o menores acompañados de su(s) padre(s) adulto(s) o tutor(es) legal(es).

Protección contra el covid-19

El gobierno de Biden se compromete a cumplir con todas las pautas aplicables de los Centros para Control y Prevención de Enfermedades (CDC) relacionadas con COVID-19 con el fin de proteger la salud y seguridad de los empleados y contratistas del gobierno federal, las personas del MPP y las comunidades mexicanas.

Evaluaciones permanente Mecanismos para evaluar continuamente los MPP; Ajustes continuos según sea necesario para mejorar la integridad y el funcionamiento de los  MPP.

 

Transparencia El DHS recopilará datos relevantes e informará públicamente sobre las estadísticas que pueden ayudar a mejorar el MPP; Discusiones continuas con las partes interesadas.

Los accesos

El MPP será reinstalado a través de los siguientes puertos de entrada: San Diego Calexico Nogales El Paso  Eagle Pass Laredo Brownsville Nota:En respuesta a las preocupaciones planteadas por el Gobierno de México, algunas personas procesadas en Eagle Pass, Laredo, y las áreas de responsabilidad de Brownsville pueden ser trasladadas al interior de México para esperar su audiencia.

Los procesos judiciales

Las personas bajo el MPP ingresarán a Estados Unidos para asistir a sus audiencias judiciales a través de cuatro puntos de interés: San Diego, El Paso, Laredo y Brownsville.

  1. Las personas que regresen a México en la frontera de San Diego y Calexico tendrán sus procedimientos de deportación celebrados en la Corte de Inmigración (EOIR) de San Diego;
  2. Las personas devueltas a México en Nogales y El Paso tendrán sus procedimientos de deportación en la oficina de EOIR de El Paso;
  3. Las personas que regresaron en la frontera o en ciudades del interior de México desde Laredo y las áreas de responsabilidad de Eagle Pass tendrán sus procedimientos de remoción en Laredo en una nueva instalación judicial dedicada exclusivamente a escuchar los casos de afiliados al MPP; y
  4. Los individuos retornados ya sea en la frontera o en ciudades del interior de México desde el área de Brownsville se llevarán a cabo en las nuevas instalaciones habilitadas en ese sector.

Quiénes califican para el MPP

Indocumentados (no ciudadanos) inadmisibles encontrados en la frontera suroeste en puertos de entrada o dentro de las 96 horas posteriores al cruce entre puertos de entrada si son nacionales de cualquier país del hemisferio occidental que no sea México.Nota:El hecho de calificar para un proceso dentro del MPP no garantiza que el inmigrante está definitivamente autorizado para permanecer permanentemente en Estados Unidos. La decisión final la toma un juez de inmigración.

Quiénes no califican

  • Menores No Acompañados (UAC);
  • Residentes permanentes legales de EE. UU.;

 

  • Indocumentados con un documento de libertad condicional anticipada o en estado de libertad condicional;
  • No ciudadanos con antecedentes penales;
  • No ciudadanos de interés policial para los gobiernos de Estados Unidos o México; y
  • No ciudadanos con vulnerabilidades particulares.

 

El DHS califica a personas con vulnerabilidades aquellos individuos que, con un conocido problemas de salud física o mental, afectaran su aptitud para viajar por lo que no se consideran sujetos a MPP debido a sus vulnerabilidades específicas.

Personas exentas

Se presumirá que los individuos están exentos del procesamiento bajo MPP debido a su particular vulnerabilidad:

  • Aquellos con un problema conocido de salud mental o física, incluida una discapacidad o un problema médico;
  • Condición relacionada con el embarazo;
  • Aquellos con vulnerabilidades particulares dada su avanzada edad; y
  • Aquellos con mayor riesgo de daño en México debido a su orientación sexual o identidad de género.

El DHS dice que cada evaluación se hará caso por caso, basándose en la totalidad de las circunstancias. Y que los UAC el CBP los procesará de acuerdo con las Ley de Reautorización de Protección de Víctimas de 2008 y políticas aplicables (como el Acuerdo Judicial Flores de 1997).

Vacunas contra el covid

  • Todas las personas inscritas en MPP que cumplan con los criterios de elegibilidad para la vacuna COVID-19 se les proporcionará;
  • Se requerirá comprobante de vacunación COVID-19 para reingresar a Estados Unidos.

Entrevista de miedo creíble

Durante la entrevista de miedo creíble, el primer paso para pedir asilo, el DHS dice que las personas recibirán 24 horas para consultar con un representante legal de su elección antes

 

a la entrevista y evitar la deportación. “A menos que decidan renunciar a este período de consulta y proceda con una entrevista lo antes posible”. Este período de consulta de 24 horas se llevará a cabo en las instalaciones del DHS, y el DHS se asegurará que las personas tengan acceso a paquetes de recursos legales, la capacidad de usar el teléfono o medios virtuales para contactar a un abogado en un espacio confidencial, y servicios de traducción si es necesario. El documento agrega que los funcionarios del DHS se asegurarán de que los procesados ​​en MPP tengan oportunidades significativas para acceder a información legal en un idioma que comprendan y para acceder asesoría o representación legal para entrevistas de miedo creíble y procedimientos de deportación. Agrega que todas las personas inscritas en MPP tendrán la oportunidad de tener un abogado presente -ya sea en persona o en video durante sus audiencias judiciales. “Si el funcionario que proporciona este paquete de información no domina con fluidez el idioma del inmigrante, se debe utilizar interpretación lingüística, en persona o telefónica para completar, servir y explicar los documentos al extranjero”. Añade que personal de ICE coordinarán el transporte seguro hacia y desde el por puertos de entrada hacia las instalaciones de la corte a los inmigrantes bajo el MPP durante el proceso.